Recomendaciones emitidas por el INFODF
La relación del número de recomendaciones emitidas por el Instituto al sujeto obligado, y el seguimiento a cada una de ellas.
Información 2017 y anterior
Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa (día/mes/año) | Fecha de término del periodo que se informa (día/mes/año) | Número de oficio. | Fecha del oficio | Número de Acuerdo del Pleno del INFODF. | Motivo de la recomendación y fundamento legal. | Plazo otorgado por el INFODF para solventar | Fecha recepción de la notificación | Número de expediente o folio asignado por el SO | Estado. | Fecha en la que se informó al INFODF | Número oficio mediante el que se informó al INFODF | Área(s) responsable(s) de la información | Fecha de validación | Fecha de Actualización | Nota |
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2023 | 01/01/2023 | 31/03/2023 | MX09.INFODF/6DEAEE/11.1/310/2023 | 31/03/2023 | 2526/SO/01-06/2023 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la primera evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 5 días hábiles | 31/03/2023 | 28 | Concluida | 31/03/2023 | MX09.INFODF/6DEAEE/11.1/310/2022 | Secretaría Ejecutiva | 31/03/2023 | 31/03/2023 | |
2022 | 01/01/2022 | 30/06/2022 | MX09.INFODF/6DEAEE/11.1/310/2022 | 02/06/2022 | 2526/SO/01-06/2022 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la primera evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 5 días hábiles | 02/06/2022 | 28 | Concluida | 15/06/2022 | MX09.INFODF/6DEAEE/11.1/310/2022 | Secretaría Ejecutiva | 30/06/2022 | 30/06/2022 | |
2022 | 01/07/2022 | 31/12/2022 | MX09.INFODF/6DEAEE/11.1/658/2022 | 01/12/2022 | 6463/SO/30-11/2022 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la segunda evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 15 días hábiles | 01/12/2022 | 29 | Concluida | 14/01/2023 | MX09.INFODF/6DEAEE/11.1/658/2022 | Secretaría Ejecutiva | 31/12/2022 | 31/12/2022 | |
2022 | 01/07/2022 | 31/12/2022 | MX09.INFODF/6DDP/15.19/402/2022 | 02/12/2022 | 6309/SO/24-11/2022 | Numerales 19, 20 y 21 de los Lineamientos para la Realización de Verificaciones y Auditorias en Cumplimiento de los Artículos 112, Fracción IV y 116 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos, Obligados de la Ciudad de México, recomendo actualizar 5 sistemas de datos personales y realizar la publicación correspondiente en la Gaceta de la Ciudad de México. | 30 días hábiles | 14/12/2022 | 292022 | En proceso | Secretaría Ejecutiva | 31/12/2022 | 31/12/2022 | |||
2022 | 01/04/2022 | 30/06/2022 | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. |
En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. |
En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. |
En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. |
En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. |
Secretaría Técnica | 30/06/2022 | 30/06/2022 | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. Por lo tanto, no hay información que publicar, quedando campos vacíos. |
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2022 | 01/01/2022 | 31/03/2022 | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. | 07/04/2022 | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. | Concluida | 07/04/2022 | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. | Secretaría Técnica | 31/03/2022 | 31/03/2022 | En el periodo que se reporta, con respecto a la normatividad antes citada, el Pleno de este Instituto no aprobó ninguna recomendación al respecto. Por lo tanto, no hay información que reportar y se dejan campos vacios. |
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2021 | 01/01/2021 | 30/06/2021 | MX09.INFODF/DEAEE/11.1/306/2021 | 01/06/2021 | 1007/SO/30-06/2021 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la primera evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 10 días hábiles | 01/07/2021 | 28 | Concluida | 29/07/2021 | MX09.INFODF/DEAEE/11.1/306/2021 | Secretaría Ejecutiva | 30/06/2021 | 30/06/2021 | |
2021 | 01/07/2021 | 31/12/2021 | MX09.INFODF/DEAEE/11.1/585/2021 | 08/12/2021 | 2347/SO/08-12/2021 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la segunda evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 15 días hábiles | 08/12/2021 | 29 | Concluida | 11/01/2022 | MX09.INFODF/DEAEE/11.1/585/2021 | Secretaría Ejecutiva | 31/12/2021 | 31/12/2021 | |
2020 | 01/01/2020 | 30/06/2020 | MX09.INFODF/DEAEE/14.4/081/2020 | 18/05/2020 | 1248/SE/30-04/2020 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la primera evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 5 días hábiles | 18/05/2020 | 28 | Concluida | 26/05/2020 | MX09.INFODF/DEAEE/14.4/081/2020 | Secretaría Ejecutiva | 30/06/2020 | 30/06/2020 | |
2020 | 01/07/2020 | 31/12/2020 | Notificación electrónica de la 2ª Evaluación Vinculante 2020 | 08/10/2020 | 1287/SE/02-10/2020 | artículo 154, de la Ley de Transparencia local. La recomendación derivo de la segunda evaluación vinculante realizada a los Sujetos Obligados, en la misma instruyó, en este caso al instituto, a publicar la información correspondiente a al ejercicio 2020, estipulada en el título V de la Ley de Transparencia Local, denominado Obligaciones de Transparencia | 15 días hábiles | 08/10/2020 | 29 | Concluida | 28/10/2020 | Notificación electrónica de la 2ª Evaluación Vinculante 2020 | Secretaría Ejecutiva | 31/12/2020 | 31/12/2020 | |
2019 | 01/07/2019 | 31/12/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
11/12/2019 | RR.IP.4295/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que, en lo sucesivo, al brindar atención a las solicitudes y en los casos que proceda, de forma precisa haga del conocimiento la cantidad de fojas, carpetas, expedientes, cajas, etc. que integran la información, lo anterior con el objeto de brindar certeza jurídica a las personas solicitantes. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
25/02/2020 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 17/01/2020 | 31/12/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/07/2019 | 31/12/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
21/08/2019 | RR.DP.076/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que, en futuras ocasiones atienda cabalmente los requerimientos de este Instituto, remitiendo de manera completa las diligencias para mejor proveer que le sean requeridas. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
17/10/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 17/01/2020 | 31/12/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
26/06/2019 | DLT.041/2019 | Con fundamento en los artículos 53 fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia en relación con el 12 fracción XXXV del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que cumpla con sus Obligaciones de Transparencia. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
10/09/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
12/06/2019 | DLT.042/2019 | Con fundamento en artículo 53 fracción XXIV de la Ley de Transparencia, se recomienda al Sujeto Obligado, a incluir en su Portal Web el vínculo correspondiente para mantener disponible y actualizada la información correspondiente de sus Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y Apoyos, de conformidad con el artículo 122 de la Ley de Transparencia |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
10/09/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
08/05/2019 | RR.IP.0936/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que en futuras ocasiones se abstenga de formular prevenciones innecesarias, tendientes a dilatar e inhibir el ejercicio del derecho de acceso a la información pública de los particulares. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
25/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
27/03/2019 | RR.IP.0403/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que en futuras ocasiones se abstenga de formular prevenciones innecesarias, tendientes a dilatar e inhibir el ejercicio del derecho de acceso a la información pública de los particulares. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
05/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
21/03/2019 | RR.IP.0272/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que en futuros requerimientos que realice este Órgano Garante, para que remita diligencias para mejor proveer, las realice en el plazo establecido por la Ley de la materia, con la finalidad de respetar las formalidades esenciales del proceso. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
05/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
13/03/2019 | RR.IP.0133/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado que en futuros requerimientos que realice este Órgano Garante, para que remita diligencias para mejor proveer, las realice en el plazo establecido por la Ley de la materia, con la finalidad de respetar las formalidades esenciales del proceso. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
08/04/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
2019 | 01/01/2019 | 30/06/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
13/03/2019 | RR.IP.0078/2019 | Con fundamento en el artículo 53, fracción LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se recomienda al Sujeto Obligado, para que en futuras ocasiones se abstenga de realizar prevenciones innecesarias tendientes a dilatar e inhibir el ejercicio del derecho de acceso a la información pública de los particulares. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
08/04/2019 | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Concluida | Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Toda vez que la recomendación aprobada por este Órgano Garante, se encuentra inmersa en el estudio de la resolución de que se trate, la misma se hace del conocimiento del Sujeto Obligado, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución. |
Secretaría Técnica | 30/06/2019 | 30/06/2019 | De conformidad, con lo establecido en el artículo 53, fracciones I y LIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, este Instituto tiene como atribución emitir recomendaciones a los sujetos obligados, las cuales, son emitidas dentro del estudio y resolutivos de las resoluciones a recursos de revisión y denuncias de que se traten, motivo por lo cual, las mismas se hacen del conocimiento de los Sujetos Obligados, hasta el momento en que se practica la notificación a las partes de dicha resolución, por lo cual, no se practica ninguna otra comunicación a los sujetos relacionada con las recomendaciones. |
Para consultar el histórico de la información de oficio correspondiente a este artículo y fracción, hemos facilitado su numeral equivalente conforme a la Ley anterior, disponible desde el siguiente botón: