Preguntas frecuentes
Información 2018
Preguntas frecuentes: Temática de las preguntas frecuentes | Preguntas frecuentes: Planteamiento de las preguntas | Preguntas frecuentes: Respuesta | Preguntas frecuentes: Hipervínculo al Informe estadístico | Preguntas frecuentes: Número total de preguntas |
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Actos de gobierno | Folio 3100000135616 Conocer criterios del Pleno formulados en materia de protección de datos personales y cualquier proyecto o propuestas recientes |
Por lo que respecta a la obligación de emitir criterios la nueva Ley de TAIPRCCM, también contempla esta obligación, sin embargo, los criterios que serán considerados para este año, aún no se encuentran determinados, motivo por el cual se brindan los correspondientes a los años anteriores. Es importante señalar que el Pleno de este Instituto, es el único facultado para emitir Criterios Generales |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 1 |
Actos de gobierno | Folio 3100000139816 Conocer criterios del Pleno en donde al clasificarse la información confidencial es necesario realizar prueba de daño |
Se informa de forma categórica, que el Pleno de este Instituto, no ha emitido algún criterio donde se establezca que en caso de clasificar información por tratarse de información confidencial no es necesario realizar prueba de daño |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 1 |
Actos de gobierno | Folio 3100000144216 Conocer criterios del Pleno sobre la determinación de causales de justificación o excepción de divulgación de información |
Después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo, se informa que este Instituto no ha emitido criterio alguno en el que se establezcan causales de justificación o de excepción de divulgación de información relativa a las obligaciones de transparencia por parte de los sujetos |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 1 |
Actos de gobierno | Folio 3100000145216 Los números de empleado y de contrato del personal de honorarios son o no de acceso restringido en modalidad de confidencial |
No se localizó algún criterio relacionado con los temas de su interés. Debe indicarse que después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo se determinó que no se cuenta con una base de datos en la que se tengan identificadas los recursos de revisión en los que el Pleno de este Instituto se halla pronunciado respecto de los temas de interés del particular |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 1 |
Actos de gobierno | Folio 3100000145316 Criterio cuando el solicitante no señalo temporalidad alguna en una solicitud de información pública |
Los Sujetos Obligados deberán entregar la información perteneciente al ejercicio fiscal actual y el inmediato anterior, sin que de los archivos de esta Dirección de manera específica, se desprenda en cuales recursos de revisión se llegaron a tales determinaciones. No obstante, se concede la consulta directa de las versiones públicas de las resoluciones de los recursos de revisión |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 1 |
Actos de gobierno | Solicitud de criterios del Instituto en relación con temáticas específicas: Folio: 3100000135616: “…Solicito de la manera más respetuosa los Criterios del Pleno formulados en materia de protección de datos personales, así como cualquier proyecto o propuestas recientes en el ámbito de competencia señalados...” (sic) Folio: 3100000139816: “… Solicito saber si el pleno del instituto (infocdmx) ha emitido algún criterio donde se establezca que en caso de clasificar información por tratarse de información confidencial no es necesario realizar prueba de daño, de ser el caso solicito el criterio..." Folio: 3100000144216: "Se informe si se han emitido criterios por parte del órgano garante en relación a la determinación de causales de justificación o excepción de divulgación de información relativa a las obligaciones de transparencia por parte de sujetos obligados. En caso de ser afirmativos remitir versión electrónica adjunta a la respuesta..."(sic) Folio: 3100000145216: “…1.-Si el número de empleado de un servidor público adscrito al gobierno de la CDMX, es público o es información de acceso restringido en su modalidad de confidencial. 2.- Si el número de contrato del personal de honorarios adscrito al gobierno de la CDMX, es público o es información de acceso restringido en su modalidad de confidencial. 3.-Si existe algún criterio emitido por el infocdmx en relación a este tema, de ser afirmativo solicito dicho criterio...(sic) Folio: 3100000145216: “…quiero saber si existe algún criterio respecto a la temporalidad de la información que se solicita en una solicitud de información pública, si es que el solicitante no señalo temporalidad alguna …(sic) |
Respuesta a Folio: 3100000135616: "..., por lo que respecta a la obligación de emitir criterios la nueva Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, también contempla esta obligación, sin embargo, los criterios que serán considerados para este año, aún no se encuentran determinados, motivo por el cual se brindan los correspondientes a los años anteriores. ..., es importante señalar que el Pleno de este Instituto, es el único facultado para emitir Criterios Generales, por lo que la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo, no ha emitido ningún documento “proyecto o propuestas reciente en el ámbito de competencia señalado”. Respuesta al Folio: 3100000139816: "...se informa de forma categórica, que el Pleno de este Instituto, no ha emitido algún “…criterio donde se establezca que en caso de clasificar información por tratarse de información confidencial no es necesario realizar prueba de daño...” (sic). Respuesta al Folio: 3100000144216: "...después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo, se informa que este Instituto no ha emitido criterio alguno en el que se establezcan causales de justificación o de excepción de divulgación de información relativa a las obligaciones de transparencia por parte de los sujetos obligados." Respuesta al Folio: 3100000145216: "...de la búsqueda exhaustiva a los “Criterios Emitidos por el Pleno del infocdmx 2006-2011”, así como a los criterios emitidos por este instituto en cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la abrogada Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se hace de su conocimiento, que no se localizó algún criterio relacionado con los temas de su interés. No obstante lo anterior, es pertinente señalar que es a través de las resoluciones de los recursos de revisión, en donde el Pleno de este Instituto pudiera haber emitido algún pronunciamiento respecto de los temas solicitados; sin embargo, debe indicarse que después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta dirección, se determinó que no se cuenta con una base de datos en la que se tengan identificadas los recursos de revisión en los que el Pleno de este Instituto se halla pronunciado respecto de los temas de interés del particular. ...en caso de que la entrega de la información implique análisis, estudio o procesamiento de documentos cuya entrega o reproducción sobrepase las capacidades técnicas del sujeto obligado para cumplir con la solicitud, la información se proporcionará en el estado en que se encuentre en los archivos de los sujetos obligados." En ese sentido, para efecto de que el particular, por cuenta propia localice la información de su interés, se informa que las resoluciones de los recurso de revisión emitidas por el Pleno de este Instituto, se encuentran disponibles para su consulta en el portal de internet del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, ..." Respuesta al Folio: 3100000145316: "...Sin embargo, se informa que al resolver los recursos de revisión, el Pleno de este Instituto ha tenido la postura de que en los casos, en donde los particulares no señalen la temporalidad respecto de la cual solicitan la información, los Sujetos Obligados deberán entregar la información perteneciente al ejercicio fiscal actual y el inmediato anterior, sin que de los archivos de esta Dirección de manera específica, se desprenda en cuales recursos de revisión se llegaron a tales determinaciones. No obstante lo anterior, con la finalidad de salvaguardar los principios de transparencia y máxima publicidad, con fundamento en el artículo 207 de la LTAIPRC y en el artículo 46, fracción XI, párrafo segundo del Reglamento del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se concede al particular consulta directa de las versiones públicas de las resoluciones de los recursos de revisión emitidas por este Instituto para que de igual forma, por cuenta propia, analice cada resolución y obtenga los datos de su interés." |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 5 |
Actos de gobierno | Solicitud de criterios del Instituto en relación con temáticas específicas: Folio: 3100000135616: “…Solicito de la manera más respetuosa los Criterios del Pleno formulados en materia de protección de datos personales, así como cualquier proyecto o propuestas recientes en el ámbito de competencia señalados...” (sic) Folio: 3100000139816: “… Solicito saber si el pleno del instituto (infocdmx) ha emitido algún criterio donde se establezca que en caso de clasificar información por tratarse de información confidencial no es necesario realizar prueba de daño, de ser el caso solicito el criterio..." Folio: 3100000144216: "Se informe si se han emitido criterios por parte del órgano garante en relación a la determinación de causales de justificación o excepción de divulgación de información relativa a las obligaciones de transparencia por parte de sujetos obligados. En caso de ser afirmativos remitir versión electrónica adjunta a la respuesta..."(sic) Folio: 3100000145216: “…1.-Si el número de empleado de un servidor público adscrito al gobierno de la CDMX, es público o es información de acceso restringido en su modalidad de confidencial. 2.- Si el número de contrato del personal de honorarios adscrito al gobierno de la CDMX, es público o es información de acceso restringido en su modalidad de confidencial. 3.-Si existe algún criterio emitido por el infocdmx en relación a este tema, de ser afirmativo solicito dicho criterio...(sic) Folio: 3100000145216: “…quiero saber si existe algún criterio respecto a la temporalidad de la información que se solicita en una solicitud de información pública, si es que el solicitante no señalo temporalidad alguna …(sic) |
Respuesta a Folio: 3100000135616: "..., por lo que respecta a la obligación de emitir criterios la nueva Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, también contempla esta obligación, sin embargo, los criterios que serán considerados para este año, aún no se encuentran determinados, motivo por el cual se brindan los correspondientes a los años anteriores. ..., es importante señalar que el Pleno de este Instituto, es el único facultado para emitir Criterios Generales, por lo que la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo, no ha emitido ningún documento “proyecto o propuestas reciente en el ámbito de competencia señalado”. Respuesta al Folio: 3100000139816: "...se informa de forma categórica, que el Pleno de este Instituto, no ha emitido algún “…criterio donde se establezca que en caso de clasificar información por tratarse de información confidencial no es necesario realizar prueba de daño...” (sic). Respuesta al Folio: 3100000144216: "...después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo, se informa que este Instituto no ha emitido criterio alguno en el que se establezcan causales de justificación o de excepción de divulgación de información relativa a las obligaciones de transparencia por parte de los sujetos obligados." Respuesta al Folio: 3100000145216: "...de la búsqueda exhaustiva a los “Criterios Emitidos por el Pleno del infocdmx 2006-2011”, así como a los criterios emitidos por este instituto en cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la abrogada Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se hace de su conocimiento, que no se localizó algún criterio relacionado con los temas de su interés. No obstante lo anterior, es pertinente señalar que es a través de las resoluciones de los recursos de revisión, en donde el Pleno de este Instituto pudiera haber emitido algún pronunciamiento respecto de los temas solicitados; sin embargo, debe indicarse que después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta dirección, se determinó que no se cuenta con una base de datos en la que se tengan identificadas los recursos de revisión en los que el Pleno de este Instituto se halla pronunciado respecto de los temas de interés del particular. ...en caso de que la entrega de la información implique análisis, estudio o procesamiento de documentos cuya entrega o reproducción sobrepase las capacidades técnicas del sujeto obligado para cumplir con la solicitud, la información se proporcionará en el estado en que se encuentre en los archivos de los sujetos obligados." En ese sentido, para efecto de que el particular, por cuenta propia localice la información de su interés, se informa que las resoluciones de los recurso de revisión emitidas por el Pleno de este Instituto, se encuentran disponibles para su consulta en el portal de internet del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, ..." Respuesta al Folio: 3100000145316: "...Sin embargo, se informa que al resolver los recursos de revisión, el Pleno de este Instituto ha tenido la postura de que en los casos, en donde los particulares no señalen la temporalidad respecto de la cual solicitan la información, los Sujetos Obligados deberán entregar la información perteneciente al ejercicio fiscal actual y el inmediato anterior, sin que de los archivos de esta Dirección de manera específica, se desprenda en cuales recursos de revisión se llegaron a tales determinaciones. No obstante lo anterior, con la finalidad de salvaguardar los principios de transparencia y máxima publicidad, con fundamento en el artículo 207 de la LTAIPRC y en el artículo 46, fracción XI, párrafo segundo del Reglamento del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se concede al particular consulta directa de las versiones públicas de las resoluciones de los recursos de revisión emitidas por este Instituto para que de igual forma, por cuenta propia, analice cada resolución y obtenga los datos de su interés." |
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art121/Fr52/2016/A121Fr52C_2016-T03_PregFrecuentesCriterios.pdf | 5 |
Para consultar el histórico de la información de oficio correspondiente a este artículo y fracción, hemos facilitado su numeral equivalente conforme a la Ley anterior, disponible desde el siguiente botón: